Consultoría Tributaria Servicios profesionales
Un diagnóstico de la carga tributaria y evaluación de contingencias permitirán al empresario tener una adecuada valoración taxativa de su negocio. Una eficiente planificación y auditoría tributaria permitirán una fiel administración y optimización de la carga tributaria.
Contar con una asesoría tributaria profesional permanente, cubre de manera especializada y oportuna todos aquellos requerimientos en asuntos contables y tributarios, tanto del cliente como de la administración tributaria, con el propósito de eliminar o disminuir oportunamente contingencias tributarias y posibles sanciones económicas.
La ausencia de una adecuada planeación tributaria repercute en los siguientes riesgos: i) Que la justificación de diferencias ante la autoridad fiscal se puedan convertir en glosas, ii) Que la entrega de información al SRI con inconsistencias genere posibles contingentes, iii) Que el incumplimiento de obligaciones tributarias ocasione retrasos en los procesos productivos y de facturación, y iv) Que la posibilidad de realizar reclamos de impuestos sea un impedimento por inconsistencia encontradas en el camino.
Además, dichos procesos requieren tiempo extra y uso de recursos valiosos. Consecuentemente, los esfuerzos desvían la atención necesaria para mantener los estándares de productividad y rentabilidad del negocio. Una adecuada planeación tributaria le permitirá:
Los impuestos en el Ecuador
Son aquellos que el contribuyente soporta toda la carga tributaria y no puede trasladarla a un tercero. Aquí destaca el impuesto a la renta anual para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad, a una tasa del 22% en general y del 25% para grandes compañías, sobre la utilidad gravable o base imponible determinada según la normativa local que determina los ingresos gravables y exentos y los gastos deducibles y no deducibles. Al resultado de aplicar la tarifa respectiva, se podrán deducir directamente créditos tributarios permitidos por la normativa local. El criterio para definir la residencia fiscal de una sociedad se configura en la constitución o creación de la misma en territorio ecuatoriano.
Para el caso de personas naturales “residentes” que perciban ingresos en relación de dependencia o que presten servicios profesionales, se deberá aplicar la tabla progresiva de impuesto a la renta con tasas que van del 5% al 35% de acuerdo con el monto de sus ingresos y de la base imponible gravada. Para determinar esta base imponible, se podrán descontar gastos personales permitidos por la normativa local, por concepto de vivienda, vestimenta, salud, educación y alimentación en los límites y condiciones establecidas. El criterio para definir la residencia fiscal de una persona natural se configura por el tiempo de permanencia en territorio ecuatoriano por más de 183 días y por el núcleo principal de sus actividades o intereses económicos radicados en territorio ecuatoriano, de forma directa o indirecta.
Son aquellos que el contribuyente puede trasladar la carga tributaria a un tercero. El impuesto al valor agregado “IVA” es un típico impuesto indirecto o denominado en cascada. Este impuesto grava con una tarifa del 12% a la venta de bienes y servicios, y se traslada hasta llegar al consumidor final quien lo asume. Este impuesto constituye en un crédito tributario para el comprador según las condiciones establecida por la normativa local.
En el caso de no residentes, sean estos sociedades o personas naturales, la determinación y el tratamiento del impuesto a la renta en Ecuador, se define considerando varios aspectos. Primero es importante analizar según las condiciones establecidas en la normativa local, si existe un establecimiento permanente en Ecuador. En caso de configurarse un establecimiento permanente se cumple con la normativa local. Caso contrario y de forma general, se aplicaría una retención directa del 25% sobre los pagos efectuados al exterior. Esta retención podría disminuir, eliminarse o estar sujeta a devolución al considerar la aplicación de convenios para evitar la doble imposición que Ecuador ha firmado con China, Argentina, Alemania, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Comunidad Andina, España, Francia, Italia, México, Rumania, Suiza, Uruguay, Corea y Singapur, según los criterios establecidos en cada convenio y las medidas de control adoptadas por la administración tributaria local.
Los principales impuestos administrados por el “SRI” son: i) Impuesto a la renta anual y anticipo de impuesto a la renta, ii) IVA, iii) ISD, iv) ICE, iv) Impuestos al comercio exterior. La administración seccional “Municipal” tiene a su cargo la recaudación de la Patente Municipal y el 1.5 por mil sobre los activos totales.
La auditoría de cumplimiento tributario de un ejercicio económico garantizar una adecuada aplicación de la normativa contable y tributaria, y si la auditoría se la realizar de forma preventiva , es la oportunidad para realizar mejoras en las políticas contable y correcciones a los procedimientos internos, lo cual genera un alto valor financiero.
- Nuestra estrategia: auditoría preventiva
cruce de
información
Los procedimientos de revisión deben ser cuidadosamente elaborados, con el fin de poder anticipar los criterios y cruces de información aplicados por la administración tributaria, a fin de encontrar las soluciones adecuadas y oportunas a las posibles inconsistencias que podrían generar diferencias tributarias por pagar.
Mecanismo de
revisión
La correcta aplicación de la normativa y el adecuado soporte de las transacciones con comprobantes de venta válidos son la base para garantizar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias y evitar posibles contingentes. Un análisis técnico tributario para la construcción de escenarios, que permitan tomar la mejor decisión, demanda un alto criterio profesional para una adecuada interpretación de la ley en casos de ausencia de normativa específica.
Esencia
económica
El análisis técnico y documental no elimina completamente todo riesgo de una posible contingencia. La evaluación del hecho generador atiende también a conceptos económicos, y el criterio para calificarlos tendrá en cuenta las situaciones o relaciones económicas que efectivamente existan o se establezcan por los interesados, independiente de las figuras jurídicas que se utilicen.