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27 Nov 2017
Residente fiscal en Ecuador
Un extranjero sea persona natural o sociedad que se constituya residente o domiciliado en Ecuador, deberá tributar por sus ingresos en el Ecuador.
En el caso de una sociedad, se constituye en residentes cuando ha sido constituido o creado en territorio ecuatoriano, como una sucursal, sociedad anónima, responsabilidad limitada principalmente.
En el caso de una persona natural, se consideran otros aspectos como su permanencia, y núcleo principal económico y familiar, de acuerdo con el siguiente resumen:
| Condición | Detalle |
|---|---|
| Permanencia mayor a 183 días en un año fiscal o en un período de doce meses dentro de dos períodos fiscales | Cuando su permanencia en el país, incluyendo ausencias esporádicas, sea de ciento ochenta y tres (183) días calendario o más, consecutivos o no, en el mismo período fiscal |
| Permanencia mayor a 183 días en un año fiscal o en un período de doce meses dentro de dos períodos fiscales | Cuando su permanencia en el país, incluyendo ausencias esporádicas, sea de ciento ochenta y tres (183) días calendario o más, consecutivos o no, en un lapso de doce meses dentro de dos períodos fiscales, a menos que acredite su residencia fiscal para el período correspondiente en otro país o jurisdción. |
| Núcleo principal de actividades | Una persona natural tendrá el núcleo principal de sus actividades o intereses económicos en el Ecuador, siempre y cuando haya obtenido en los últimos doce meses, directa o indirectamente, el mayor valor de ingresos con respecto a cualquier otro país, valorados al tipo de cambio promedio del período. |
| Núcleo principal de intereses económicos | De igual manera se considerará que una persona natural tiene le núcleo principal de sus intereres económicos en el Ecuador cuando el mayor valor de sus activos esté en el Ecuador |
| No permanencia en otros países más de 183 días y vínculos familiares en Ecuador | NO haya permanecido en ningún otro país o jurisdicción más de cuento ochenta y tres (183) días calendario, consecutivos o no, en el ejercicio fiscal y sus vínculos familiares más estrechos los mantenga en Ecuador |
| No permanencia en otros países más de 183 días y vínculos familiares en Ecuador | Tendrá vínculos familares más estrechos, cuando su cónyuge e hijos dependientes hayan permanecido en el país, en conjunto, más días en los últimos doce meses con respecto a cualquier otro país |